quarta-feira, 23 de julho de 2008

Nueve de cada 10 fetos con síndrome de Down son abortados

Nota: alguns meses atrás uma amiga notou que fazia tempo que não se via mais pessoas com síndrome de Down. Sua percepção não era equivocada, e corrobora com as notícias espalhadas em todo os país de APAEs fechando suas portas por falta de alunos (e não só de recursos, como é de se esperar), como foi o caso na cidade de São Paulo. O fato é que estão sendo impedidos de nascer, silenciosamente renegados pela sociedade eugenista incapaz de acolher àqueles que mais precisam dela. Como se fossem doenças em forma humanas, vai-se travando uma luta contra os portadores de down jamais vista antes, uma verdadeira erradicação desses pequenos. A pergunta que fica é: que vai falar por eles?


Nueve de cada 10 niños con síndrome de Down no llegan a nacer en España, según denuncia José Antonio Díez, coordinador general de ANDOC (Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia). Esto significa que España incumple la Convención de las Naciones Unidas sobre discapacidad, recién ratificada.

Según Díez, en el 94,5% de los casos en que el diagnóstico prenatal indica la presencia de Síndrome de Down, el niño es abortado. De esta forma, “el diagnóstico deja de serlo, para convertirse en una práctica eugenésica, de eliminación de lo niños con taras más o menos graves. Al médico no se le deja en libertad para ofrecer alternativas”, y por este motivo ha surgido la objeción de conciencia frente al diagnóstico prenatal que no tiene fines curativos. Es el caso de un ginecóloco de Algeciras, que ha llevado su caso de objeción a los tribunales, explicó Díez.

Los abortos despenalizados por el tercer supuesto del artículo 417 bis del Código Penal (“que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas”) no llegan al 3% del total, y por tanto el año pasado fueron unos 3.000. Desde 1985 son unos 50.000. Las taras incluidas son en la práctica el SD o Trisomía 21, la Trisomía 16 y la Trisomía 18, espina bífida, anencefalia, microcefalia y malformaciones cardíacas o de extremidades aisladas.

El SD se registra en uno de cada 700 embarazos (15 de cada 10.000). En España, el Estudio Colaborativo Español de Malformaciones Genéticas (2004) señalaba ya una incidencia menor de la mitad: 7,11 de cada 10.000. El 53% de esos embarazos terminaba en aborto. Hoy se supone que pasa del 90%. Pero no se hacen estadísticas. Ni siquiera sobre cuánta personas con SD viven en nuestro país. Los últimos datos de la Federación Española de Instituciones de Síndrome de Down son de 2002: 32.000 personas.

Según la fundación Línea de Atención a la Mujer, el tercer supuesto del aborto implica una discriminación de las personas discapacitadas incompatible con la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad aprobada por la ONU en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. España firmó dicha Convención el 3 de diciembre de 2007, y entró e vigor el pasado 3 de mayo. En su artículo décimo, “los Estados Partes reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás”.

Fuente:http://www.fundacionvida.net